Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 29 de la LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tienes que dejar por escrito todo lo que haces para proteger los datos personales, como medidas de seguridad, en un archivo especial llamado documento de seguridad. Ese documento no es solo un papel, sino un sistema completo que incluye pasos y acciones para crear, poner en marcha, vigilar, revisar y mejorar la forma en que cuidas y manejas esos datos. Todo esto debe hacerse siguiendo lo que dice esta Ley y otras reglas que apliquen. Básicamente, es como un manual de instrucciones que debes tener para garantizar que los datos estén seguros.

Texto oficial

Artículo 29. Las acciones relacionadas con las medidas de seguridad para el tratamiento de los datos personales deberán estar documentadas y contenidas en un sistema de gestión denominado documento de seguridad. Se entenderá por documento de seguridad al conjunto de elementos y actividades interrelacionadas para establecer, implementar, operar, monitorear, revisar, mantener y mejorar el tratamiento y seguridad de los datos personales, de conformidad con lo previsto en la presente Ley y las demás disposiciones jurídicas que le resulten aplicables en la materia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.