Artículo 31 de la LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El responsable (la persona o empresa que maneja tus datos personales) debe actualizar su documento de seguridad cuando pase alguna de estas situaciones: si hacen cambios importantes al tratamiento de tus datos que aumenten o disminuyan el riesgo; si después de revisar su sistema de protección notan que pueden mejorarlo; si ocurre un ataque o fuga de datos y toman medidas para reparar el daño; si aplican soluciones para evitar que vuelva a pasar una violación de seguridad; o si alguna autoridad de protección de datos se los recomienda.
Texto oficial
Artículo 31. El responsable deberá actualizar el documento de seguridad cuando ocurran los siguientes eventos: I. Se produzcan modificaciones sustanciales al tratamiento de datos personales que deriven en un cambio en el nivel de riesgo; II. Como resultado de un proceso de mejora continua, derivado del monitoreo y revisión del sistema de gestión; III. Como resultado de un proceso de mejora para mitigar el impacto de una vulneración a la seguridad ocurrida; IV. Implementación de acciones correctivas y preventivas ante una vulneración de seguridad; y V. Por recomendación de la Autoridad Garante Local y de las Autoridades Garantes, respectivamente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.