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Artículo 45 de la LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tienes derecho a pedir que corrijan o actualicen tus datos personales si están mal, incompletos, tienen errores o ya no son vigentes. Puedes hacerlo tú mismo o alguien que tú autorices. Si tus datos vienen de un juicio o de un trámite con el gobierno, se considerarán correctos solo si coinciden exactamente con lo que dice ese proceso. En otras palabras, no puedes cambiar información que ya fue comprobada legalmente.

Texto oficial

Artículo 45. La persona titular tendrá derecho a solicitar por sí o por su representante, la rectificación o corrección de sus datos personales, cuando estos resulten ser inexactos, incompletos, sean erróneos o no se encuentren actualizados. Cuando se trate de datos que reflejen hechos constatados en un procedimiento administrativo o en un proceso judicial, aquellos se considerarán exactos siempre que coincidan con éstos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.