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Artículo 62 de la LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 62 dice que una empresa o persona que maneja tus datos solo puede enviarlos al extranjero si quien los recibe se compromete a cuidarlos igual que manda la ley mexicana. Esto significa que deben aplicar las mismas reglas de protección que tenemos en México. Es como pedirle a alguien que te preste un favor pero con la condición de que trate bien tus cosas. Así, tus datos personales siguen protegidos aunque se vayan a otro país.

Texto oficial

Artículo 62. El responsable sólo podrá transferir o hacer remisión de datos personales fuera del territorio nacional cuando el tercero receptor o el encargado se obliguen a proteger los datos personales conforme a los principios y deberes que establece la presente Ley y las disposiciones que resulten aplicables en la materia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.