Artículo 38 de la LEY PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Desarrollo Económico de la Ciudad de México va a ayudar a que los negocios pequeños y medianos crezcan, sobre todo los que son importantes para la economía local. Por ejemplo, los va a conectar con empresas más grandes para que trabajen juntos, les va a dar información sobre nuevas tecnologías y préstamos, y los va a apoyar para que puedan vender sus productos en el extranjero. También va a simplificar los trámites para que accedan a créditos, va a promover seguros que protejan su dinero y equipo, y va a darles asesoría para encontrar clientes. Además, va a buscar que estos negocios se instalen en zonas especiales de la ciudad y que aprovechen los descuentos de impuestos que ya existen.
Texto oficial
Artículo 38.- La Secretaría propiciará la creación, el desarrollo y expansión de las micro, pequeñas y medianas empresas, principalmente de aquellas que pertenecen a los sectores estratégicos de la economía de la Ciudad de México por medio de las siguientes acciones: I. Impulsar su integración a cadenas de valor que les permita alcanzar economías de escala en condiciones de eficiencia y productividad; II. Promover su integración a los programas de conservación de empleo, protección de la planta productiva y de sustitución de importaciones; así como a las compras y necesidades del sector público con objeto de vincularlas al mercado interno; III. Difundir información sobre avances tecnológicos, oportunidades de comercialización y facilidades de financiamiento, que les permita fortalecer y aumentar sus ventajas competitivas; IV. Vincular sus necesidades con la oferta de tecnología adecuada; V. Promover la mayor participación de estas empresas en exportaciones directas e indirectas, con el objeto de hacer del comercio exterior un instrumento de desarrollo orientado a fortalecer y elevar la competitividad de la planta productiva local; VI. Promover ante las instituciones competentes la facilitación y simplificación de los mecanismos de apoyo y financiamiento competitivo para estas empresas, principalmente para las que cuenten con potencial exportador o que exportan directa o indirectamente al producir partes y componentes de bienes exportables; VII. Promover programas o esquemas de financiamiento diferenciado por tamaño de empresa, pertenencia a un sector estratégico o actividad económica, ubicación en un Área de Desarrollo Económico (ADE) o Área de Gestión Estratégica (AGE) o generación de empleos; VIII. Fomentar la implementación de esquemas de administración de riesgos financieros y contingentes para la micro, pequeña y mediana empresa, a través de la creación de Fondos de garantía y programas de aseguramiento que protejan la inversión patrimonial; IX. Promover y facilitar la localización y el establecimiento de estas empresas y de las sociedades cooperativas en las Áreas de Desarrollo Económico (ADE) o en las Áreas de Gestión Estratégica (AGE) y su participación en proyectos de reciclamiento del suelo, de acuerdo con los programas de desarrollo urbano; X. Promover instancias de atención especializada, con el objeto de proporcionarles servicios de consultoría, asesoría e información para la localización de mercados y oportunidades específicas de exportación o de coinversiones; XI. Promover los incentivos fiscales para la inversión, establecidos en el Código Fiscal de la Ciudad de México; XII. Promover e inducir la inversión en equipamiento productivo y tecnológico nacional o extranjero y en general la vinculación con los mercados interno y externo que les permita mejorar su competitividad; XIII. Diseñar, implementar y/o promover programas o esquemas de financiamiento adecuados, asequibles, oportunos y suficientes que les permita capitalizarse y expandirse; XIV. Diseñar, implementar y fomentar esquemas de administración de riesgos financieros y contingentes para la micro, pequeña y mediana empresa, que permita generar una cultura de aseguramiento y protección de la inversión y su incorporación al sistema financiero; XV. Apoyar la actividad del emprendedor a través de la atención especializada en servicios de consultoría, asesoría e información que coadyuve en la toma de decisiones para la instalación de nuevas empresas, identificación de oportunidades de inversión o una mayor participación en el mercado interno y/o externo; XVI. Promover los incentivos fiscales en coordinación con las autoridades fiscales que corresponda, para fomentar la inversión, en apego a lo establecido en el Código Fiscal de la Ciudad de México, y XVII. Las demás que se contemplan en las Leyes aplicables en la materia.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.