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Artículo 49 de la LEY PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 49 dice que una dependencia del gobierno (la Secretaría) va a apoyar a otras oficinas del gobierno y a las Alcaldías para que usen los recursos naturales de forma más responsable, protejan el medio ambiente y apliquen tecnología nueva. Esto lo harán enfocándose en las industrias o negocios de la Ciudad que gastan mucha agua, energía o generan mucha contaminación. Básicamente, busca que haya cooperación entre diferentes áreas del gobierno para que las empresas contaminantes sean más limpias y eficientes.

Texto oficial

Artículo 49.- La Secretaría contribuirá con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública, así como con las Alcaldías, para la vinculación entre el uso racional de los recursos naturales y la protección del medio ambiente y la innovación tecnológica en los diversos sectores y ramas productivos de la Ciudad, particularmente los que presentan altos consumos de agua, energía y emisiones contaminantes. CAPÍ TULO VI I I DEL I M PUL SO A L A I N FRAE ST RUCT URA Y C RE ACI ÓN DE BI ENES DE USO PÚBL I CO PARA EL FOM ENT O Y PROM OCI ÓN DEL DE S A R RO L L O EC O NÓM I CO

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.