Artículo 107 de la LEY AMBIENTAL DE PROTECCIÓN A LA TIERRA EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (la dependencia encargada del agua) tiene que hacer varias cosas para que no falte agua y para que no se desperdicie. Debe cuidar los lugares donde el agua se filtra al suelo para recargar los mantos acuíferos, y también fomentar que ahorres agua, que trates y reutilices las aguas negras, y que juntes el agua de lluvia. Además, tiene que identificar las zonas donde escasea y crear planes especiales para resolver el problema, así como darte información y educación para que cuides el agua como se debe. Por último, debe revisar cómo un proyecto o construcción afecta el agua disponible antes de dar su visto bueno.
Texto oficial
ARTÍCULO 107.- Con el propósito de asegurar la disponibilidad del agua y abatir los niveles de desperdicio, la Secretaría deberá: I. Proteger las zonas de recarga; II. Promover acciones para el ahorro y uso eficiente del agua, el tratamiento de aguas residuales y su reuso, así como la captación y aprovechamiento de las aguas pluviales; III. Establecer las zonas críticas y formular programas especiales para éstas; IV. Desarrollar programas de información y educación que fomenten una cultura para el aprovechamiento racional del agua; y V. Considerar las disponibilidades de agua en la evaluación del impacto ambiental de las obras o proyectos que se sometan a su consideración.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.