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Artículo 196 de la LEY AMBIENTAL DE PROTECCIÓN A LA TIERRA EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando lleves tu coche a verificar, el taller autorizado te debe dar un comprobante con los resultados. Ese papel debe traer la fecha, un número de folio, los datos del taller y de la persona que hizo la prueba, y qué normas ecológicas usaron para medir las emisiones. También tiene que decir si pasaste o no la verificación, los datos completos de tu carro (marca, modelo, año, placas, serie, motor y registro), y tu nombre y dirección. Por último, puede incluir cualquier otra información que pidan las reglas oficiales o el programa de verificación.

Texto oficial

ARTÍCULO 196.- Por cada verificación vehicular que realicen los prestadores de servicios autorizados, expedirán a los interesados una constancia con los resultados, la cual contendrá la siguiente información: I. Fecha de la verificación vehicular y número de folio de la constancia; II. Identificación del prestador de servicios autorizado y de quien efectuó la verificación vehicular; III. Indicación de las normas oficiales o técnicas ecológicas locales aplicadas en la verificación vehicular; IV. Determinación del resultado de la verificación vehicular; V. Marca, tipo, año, modelo, número de placas de circulación, de serie, de motor y de registro del vehículo de que se trate, así como el nombre y domicilio del propietario; y VI. Las demás que señalen las normas oficiales, el programa de verificación, la convocatoria, la autorización y circulares respectivas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 55) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.