Artículo 271 del CÓDIGO Federal de Procedimientos Civiles
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Todo lo que se presente en un juicio debe estar en español. Si alguien entrega un documento en otro idioma, tiene que incluir su traducción. Si en un juicio participa una persona indígena que no sepa leer español, el tribunal debe traducir por su cuenta los documentos oficiales a su lengua, usando a un traductor aprobado y pagando con su presupuesto. Cuando un indígena o una comunidad indígena presente un escrito en su propia lengua, no necesita traducirlo. El propio tribunal se encargará de hacer la traducción sin costo para ellos. Las fechas y las cantidades deben escribirse con letra, no con número. Si una persona con discapacidad visual, auditiva o del habla participa en un juicio y lo pide, el tribunal debe darle la ayuda técnica necesaria, como subtítulos o equipo especial.
Texto oficial
ARTICULO 271.- Las actuaciones judiciales y promociones deben escribirse en lengua española. Lo que se presente escrito en idioma extranjero se acompañará de la correspondiente traducción al castellano. Las actuaciones dictadas en los juicios en los que una o ambas partes sean indígenas, que no supieran leer el español, el tribunal deberá traducirlas a su lengua, dialecto o idioma con cargo a su presupuesto, por conducto de la persona autorizada para ello. Párrafo adicionado DOF 18-12-2002 Las promociones que los pueblos o comunidades indígenas o los indígenas en lo individual, asentados en el territorio nacional, hicieren en su lengua, dialecto o idioma, no necesitarán acompañarse de la traducción al español. El tribunal la hará de oficio con cargo a su presupuesto, por conducto de la persona autorizada para ello. Párrafo adicionado DOF 18-12-2002 Las fechas y cantidades se escribirán con letra. En las actuaciones dictadas en los juicios en los que una o ambas partes tengan alguna discapacidad visual, auditiva o de locución, el tribunal deberá a petición de la parte que lo requiera, otorgar la asistencia necesaria en materia de estenografía proyectada o de ayuda técnica respectiva. Párrafo adicionado DOF 24-05-2011 CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Código Abrogado DOF 07-06-2023 40 de 129
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