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Ley
CÓDIGO Federal de Procedimientos Civiles
Artículo
525

Artículo 525 del CÓDIGO Federal de Procedimientos Civiles

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido. La ley lo borró oficialmente el 16 de enero de 2012. Cuando una ley dice "se deroga", significa que esa regla dejó de existir.

Texto oficial

ARTICULO 525.- (Se deroga) Fe de erratas al artículo DOF 13-03-1943. Derogado DOF 16-01-2012

Ver texto oficial del CÓDIGO Federal de Procedimientos Civiles (pág. 76) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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