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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley102/11
Ley
Ley de Ciencia y Tecnología del Estado de México
Artículo
11

Artículo 11 de la Ley de Ciencia y Tecnología del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El COMECYT (Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología) es la dependencia encargada de hacer el Programa y publicarlo en la Gaceta del Gobierno (el periódico oficial donde salen las leyes y reglas del Estado de México). Ese programa es obligatorio para todas las personas o instituciones que reciben apoyo y realizan investigaciones científicas o desarrollos tecnológicos. En otras palabras, si eres beneficiario de algún recurso o beca del COMECYT, tienes que seguir al pie de la letra lo que dice ese programa. No hay opción de hacer lo que quieras, porque es una regla que debes cumplir.

Texto oficial

ARTICULO 11.- El COMECYT, elaborará el Programa y lo publicará en el periódico oficial "Gaceta del Gobierno", el cual será obligatorio para los beneficiarios que lleven a cabo actividades de investigación científica y desarrollo tecnológico. SECCION II DEL SISTEMA INTEGRAL DE INFORMACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA DEL ESTADO DE MEXICO

Ver texto oficial de la Ley de Ciencia y Tecnología del Estado de México (pág. 6) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.