Artículo 40 de la Ley de Ciencia y Tecnología del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Registro Estatal de Investigadores y Tecnólogos sirve para juntar y mantener al día los datos del currículum de investigadores, científicos y tecnólogos que trabajen en el Estado de México, ya sea en instituciones públicas o privadas. Es como una base de datos donde se guarda su experiencia y trabajo.
Texto oficial
ARTICULO 40.- El Registro Estatal de Investigadores y Tecnólogos, tiene como objetivo, obtener y mantener actualizada la información curricular de la comunidad académica, científica y tecnológica que labore en instituciones públicas y privadas del Estado de México.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.