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Artículo 46 de la Ley de Ciencia y Tecnología del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada año, el gobierno del Estado debe destinar un fondo especial para dar reconocimientos y apoyos económicos a los investigadores y tecnólogos que ganen las convocatorias oficiales. Además, pueden buscar otras fuentes de dinero, como patrocinios, para complementar estos estímulos. El COMECYT (Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología) es el encargado de diseñar las convocatorias y programas para entregar estos apoyos, así como de organizar premios estatales en ciencia, tecnología e innovación. Todo esto se hace para que los investigadores y las empresas trabajen juntos y se impulse el desarrollo tecnológico.

Texto oficial

ARTICULO 46.- El Ejecutivo del Estado, considerará anualmente un fondo para el otorgamiento de reconocimientos y estímulos económicos a los integrantes del Sistema Estatal de Investigadores y Tecnólogos, que de conformidad con las convocatorias respectivas se hayan hecho acreedores. Independientemente de lo anterior, podrán establecerse otras fuentes alternativas de financiamiento. Para ello, el COMECYT diseñará las convocatorias y programas respectivos para el reconocimiento y otorgamiento de apoyos, así como la instrumentación de premios de ciencia, tecnología e innovación tecnológica en el Estado. CAPITULO VI DE LA VINCULACION CON EL SECTOR PRODUCTIVO, INNOVACION Y DESARROLLO TECNOLOGICO

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.