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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley102/54
Ley
Ley de Ciencia y Tecnología del Estado de México
Artículo
54

Artículo 54 de la Ley de Ciencia y Tecnología del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El COMECYT (Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología) tiene la obligación de siempre incluir a la ciudadanía en sus decisiones y actividades. Para lograrlo, usará los métodos o herramientas que considere adecuados, como encuestas, consultas o reuniones. Todo esto se hará siguiendo lo que marca esta ley y otras reglas que aplican. En pocas palabras, buscan que tú como ciudadano puedas participar activamente en los temas de ciencia y tecnología que afectan al Estado de México.

Texto oficial

ARTICULO 54.- El COMECYT, garantizará la participación permanente de la ciudadanía, a través de los mecanismos, procesos o instrumentos que éste crea conveniente, lo cual se hará conforme a lo establecido en la presente Ley y demás ordenamientos legales aplicables.

Ver texto oficial de la Ley de Ciencia y Tecnología del Estado de México (pág. 15) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.