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Artículo 16 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Zumpahuacán

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo habla del deporte recreativo, que es el que practicas por gusto o para divertirte, no para competir profesionalmente. Te dice que puedes organizarlo, financiarlo y desarrollarlo como tú quieras, siempre que te beneficie a ti como persona. Pero no debes olvidar que también debe ayudar a la sociedad, es decir, no puede ser algo que dañe a los demás. En corto, puedes hacer deporte por tu cuenta, pero sin perder de vista el bien común.

Texto oficial

Artículo 16.- Del deporte recreativo. También para su propia organización, su financiamiento, su desarrollo y todo aquello que conlleva un beneficio individual sin perder de vista el bien social. CAPÍTULO CUARTO DE SU ORGANIZACIÓN INTERNA

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.