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Artículo 16 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Valle de Bravo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 16 dice que el deporte recreativo es el que haces por gusto, no por competencia profesional. Puedes organizarlo como quieras, buscar tu propio dinero para financiarlo y mejorarlo. Lo importante es que te beneficie a ti como persona, pero sin olvidar que también debe ayudar a la comunidad. En otras palabras, puedes divertirte y hacer ejercicio a tu modo, siempre y cuando no le hagas daño a los demás.

Texto oficial

Artículo 16.- Del deporte recreativo. También para su propia organización, su financiamiento, su desarrollo y todo aquello que conlleva un beneficio individual sin perder de vista el bien social. CAPÍTULO CUARTO DE SU ORGANIZACION INTERNA

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.