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Ley
Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Valle de Bravo
Artículo
5

Artículo 5 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Valle de Bravo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Valle de Bravo tiene la facultad de crear escuelas deportivas gratuitas en pueblos, colonias y barrios. También puede dar becas escolares, de dinero o de comida a los mejores deportistas del municipio. Además, puede organizar torneos para estudiantes desde kinder hasta preparatoria, y formar clubes deportivos para toda la gente. También se encarga de llevar un registro de todos los deportistas, entrenadores, jueces y lugares donde se haga deporte, y de apoyar los eventos deportivos que se realicen en el municipio.

Texto oficial

Artículo 5.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Valle de Bravo, tendrá las siguientes facultades: I. Crear escuelas populares de iniciación deportiva en pueblos, comunidades, barrios y colonias del municipio de Valle de Bravo; II. Crear el sistema municipal de becas académicas, económicas y alimenticias para deportistas distinguidos del municipio; III. Crear torneos estudiantiles permanentes en los niveles: preescolar, primaria, secundaria y media superior; IV. Organizar clubes deportivos populares permanentes; V. Involucrar a los sectores públicos, social y privado en el deporte municipal; VI. Presentar públicamente los programas deportivos municipales, sus objetivos, metas, estrategias y resultados; VII. Otorgar dirección técnica de calidad a representaciones municipales; VIII. Otorgar asesorías al deporte formativo y de recreación; IX. Promover el uso de instalaciones deportivas públicas y privadas; X. Promover y desarrollar instalaciones públicas y privadas; XI. Desarrollar corrientes sociales y deportivas del mérito; XII. Crear el registro municipal de instalaciones deportivas; XIII. Crear el registro municipal de deportistas, deportes, clubes, ligas y torneos deportivos; XIV. Crear el registro municipal de jueces, árbitros, entrenadores, profesores de educación física, médicos del deporte, psicólogos del deporte y escuelas del deporte; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 2 de abril de 2008. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE VALLE DE BRAVO 3 XV. Brindar apoyo logístico a los eventos deportivos que se desarrollan en el municipio; y XVI. Las demás que las leyes de la materia le señalen. CAPÍTULO TERCERO DE SUS PROGRAMAS BÁSICOS

Ver texto oficial de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Valle de Bravo (pág. 2) ↗

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