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Ley
Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tepotzotlán
Artículo
5

Artículo 5 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tepotzotlán

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tepotzotlán tiene el poder de hacer varias cosas para fomentar el deporte en el municipio. Puede abrir escuelas gratuitas de deportes en pueblos, colonias y comunidades. También puede dar becas de estudio, dinero o comida a los deportistas más destacados del lugar. Además, puede organizar torneos estudiantiles desde preescolar hasta preparatoria, formar clubes deportivos para toda la comunidad, y pedir apoyo a empresas y al gobierno para impulsar el deporte. Por último, debe hacer públicos sus planes y resultados, dar entrenadores capacitados a los equipos del municipio, asesorar a quienes practican deporte por diversión o formación, promover el uso de instalaciones deportivas, y crear registros de deportistas, equipos, entrenadores y árbitros.

Texto oficial

Artículo 5.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tepotzotlán, tendrá las siguientes facultades: I. Crear escuelas populares de iniciación deportiva en pueblos, comunidades, barrios y colonias del municipio de Tepotzotlán; II. Crear el sistema municipal de becas académicas, económicas y alimenticias para deportistas distinguidos del municipio; III. Crear torneos estudiantiles permanentes en los niveles: preescolar, primaria, secundaria y media superior; IV. Organizar clubes deportivos populares permanentes; V. Involucrar a los sectores públicos, social y privado en el deporte municipal; VI. Presentar públicamente los programas deportivos municipales, sus objetivos, metas, estrategias y resultados; VII. Otorgar dirección técnica de calidad a representaciones municipales; VIII. Otorgar asesorías al deporte formativo y de recreación; IX. Promover el uso de instalaciones deportivas públicas y privadas; X. Promover y desarrollar instalaciones públicas y privadas; XI. Desarrollar corrientes sociales y deportivas del mérito; XII. Crear el registro municipal de instalaciones deportivas; XIII. Crear el registro municipal de deportistas, deportes, clubes, ligas y torneos deportivos; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 2 de abril de 2008. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE TEPOTZOTLÁN 3 XIV. Crear el registro municipal de jueces, árbitros, entrenadores, profesores de educación física, médicos del deporte, psicólogos del deporte y escuelas del deporte; XV. Brindar apoyo logístico a los eventos deportivos que se desarrollan en el municipio; y XVI. Las demás que las leyes de la materia le señalen. CAPÍTULO TERCERO DE SUS PROGRAMAS BÁSICOS

Ver texto oficial de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tepotzotlán (pág. 2) ↗

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