Artículo 16 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Jocotitlán
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 16 habla del deporte recreativo, que es el que haces por gusto, sin competir profesionalmente. Dice que tú mismo puedes organizarlo, buscar cómo pagarlo y desarrollarlo como quieras. Todo esto debe traerte un beneficio a ti como persona, pero sin olvidar que también ayuda a la sociedad. En pocas palabras, puedes hacer deporte por tu cuenta, siempre y cuando no afectes a los demás y más bien aportes algo bueno al grupo.
Texto oficial
Artículo 16.- Del deporte recreativo. También para su propia organización, su financiamiento, su desarrollo y todo aquello que conlleva un beneficio individual sin perder de vista el bien social. CAPÍTULO CUARTO DE SU ORGANIZACIÓN INTERNA
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.