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Artículo 20 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Jocotitlán

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La junta directiva (un grupo de personas que toman decisiones importantes para una asociación o empresa) debe reunirse al menos una vez cada tres meses de manera normal. También se pueden juntar de forma extraordinaria, es decir, en cualquier momento cuando sea urgente o necesario resolver algo.

Texto oficial

Artículo 20.- La junta directiva, sesionará por lo menos cada tres meses de forma ordinaria y de manera extraordinaria cuantas veces sea necesaria.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.