Artículo 16 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Ixtlahuaca
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 16 habla del deporte recreativo, que es el que haces por gusto y sin competir. Dice que tú y tu equipo pueden organizarlo, pagarlo y hacerlo crecer como quieran, siempre y cuando les traiga algo bueno a ustedes como personas. Pero ojo, no debes olvidar que también tiene que beneficiar a la sociedad o a tu comunidad, no solo a ti. En corto, es libertad para hacer deporte por diversión, pero pensando en el bien de todos.
Texto oficial
Artículo 16.- Del deporte recreativo. También para su propia organización, su financiamiento, su desarrollo y todo aquello que conlleva un beneficio individual sin perder de vista el bien social. CAPÍTULO CUARTO DE SU ORGANIZACIÓN INTERNA
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.