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Artículo 3 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Ixtlahuaca

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Ixtlahuaca es como una persona legal, o sea, puede tener derechos y obligaciones por sí mismo. Tiene la libertad necesaria para tomar decisiones y actuar sin que lo estén agarrando de la mano, todo con el objetivo de cumplir con su chamba. Su chamba es asegurarse de que el municipio cumpla con su deber de promover el deporte y la actividad física. Básicamente, es el encargado de hacer que la gente del municipio haga ejercicio y practique deportes, y puede organizarse como mejor le parezca para lograrlo.

Texto oficial

Artículo 3.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Ixtlahuaca, es sujeto de derechos y obligaciones, otorgándosele autonomía necesaria para asegurar el cumplimiento del deber del municipio de promover el deporte y la cultura física.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.