- Ley
- Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Amatepec
- Artículo
- 22
Artículo 22 de la Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Amatepec
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El director lo escoge la junta directiva, pero solo de entre los nombres que les aviente el presidente municipal. O sea, el presidente propone a alguien y la junta dice si le entra o no al acuerdo. No cualquiera puede llegar a ser director así nomás, tiene que pasar por este proceso. Es como cuando en una junta del barrio alguien sugiere a un candidato y los demás votan si lo aceptan o no.
Texto oficial
Artículo 22.- El director será nombrado por la junta directiva a propuesta del presidente municipal.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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