Artículo 5 de la Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Amatepec
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Amatepec tiene permitido hacer varias cosas. Puede abrir escuelas de deporte en pueblos y colonias, también dar becas de dinero, comida o para estudiar a los deportistas destacados del municipio. Además, puede organizar torneos para estudiantes desde kínder hasta preparatoria, y crear clubes deportivos para toda la gente. El Instituto también puede apoyar con logística (como transporte, equipo o espacios) en eventos deportivos, y llevar un registro de todos los deportistas, entrenadores, jueces, clubes y las instalaciones donde se practica deporte en Amatepec.
Texto oficial
Artículo 5.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Amatepec, tendrá las siguientes facultades: I. Crear escuelas populares de iniciación deportiva en pueblos, comunidades, barrios y colonias del municipio de Amatepec; II. Crear el sistema municipal de becas académicas, económicas y alimenticias para deportistas distinguidos del municipio; III. Crear torneos estudiantiles permanentes en los niveles: preescolar, primaria, secundaria y media superior; IV. Organizar clubes deportivos populares permanentes; V. Involucrar a los sectores públicos, social y privado en el deporte municipal; VI. Presentar públicamente los programas deportivos municipales, sus objetivos, metas, estrategias y resultados; VII. Otorgar dirección técnica de calidad a representaciones municipales; VIII. Otorgar asesorías al deporte formativo y de recreación; IX. Promover el uso de instalaciones deportivas públicas y privadas; X. Promover y desarrollar instalaciones públicas y privadas; XI. Desarrollar corrientes sociales y deportivas del mérito; XII. Crear el registro municipal de instalaciones deportivas; XIII. Crear el registro municipal de deportistas, deportes, clubes, ligas y torneos deportivos; XIV. Crear el registro municipal de jueces, árbitros, entrenadores, profesores de educación física, médicos del deporte, psicólogos del deporte y escuelas del deporte; XV. Brindar apoyo logístico a los eventos deportivos que se desarrollan en el municipio; y XVI. Las demás que las leyes de la materia le señalen. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 4 de abril de 2008. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE AMATEPEC 3 CAPÍTULO TERCERO DE SUS PROGRAMAS BÁSICOS
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.