Artículo 20 de la Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Acolman
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
La junta directiva debe reunirse mínimo cada tres meses de manera normal o programada. También puede juntarse de forma urgente o fuera de lo normal cuando haga falta. Las juntas normales se llaman "ordinarias" y las otras "extraordinarias". En pocas palabras, este grupo de personas encargadas de tomar decisiones se ve obligado a juntarse seguido.
Texto oficial
Artículo 20.- La junta directiva, sesionará por lo menos cada tres meses de forma ordinaria y de manera extraordinaria cuantas veces sea necesaria.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.