Artículo 16 de la Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Cuautitlán
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 16 habla del deporte recreativo, que es el que se hace por gusto y no para competir profesionalmente. Dice que cada grupo o persona que organice este tipo de deporte puede hacerse cargo de su propio dinero, su planeación y su desarrollo, siempre y cuando no pierdan de vista que también debe beneficiar a la sociedad en general. En otras palabras, puedes divertirte y hacer deporte por tu cuenta, pero sin olvidar que tus acciones también afectan a los demás.
Texto oficial
Artículo 16.- Del deporte recreativo. También para su propia organización, su financiamiento, su desarrollo y todo aquello que conlleva un beneficio individual sin perder de vista el bien social. CAPÍTULO CUARTO DE SU ORGANIZACIÓN INTERNA
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.