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Artículo 21 de la Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Cuautitlán

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La junta directiva del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Cuautitlán tiene varias responsabilidades importantes. Puede aprobar el reglamento interno del instituto y establecer las reglas generales para su funcionamiento. También revisa y da el visto bueno a los planes, proyectos y presupuestos que proponga el director, así como a los estados financieros anuales. La junta puede nombrar o ratificar al director, evaluar los programas y buscar otras formas de conseguir dinero para el instituto. Además, puede invitar a funcionarios de otros gobiernos a sus reuniones cuando sea necesario.

Texto oficial

Artículo 21.- Son atribuciones de la junta directiva: I. Aprobar el reglamento interno del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Cuautitlán; II. Establecer los lineamientos generales del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Cuautitlán; III. Aprobar, en su caso, los proyectos, planes y programas que proponga el director para la consecución de sus objetivos; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 4 de abril de 2008. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE CUAUTITLÁN 5 IV. Conocer y, en su caso, aprobar los estados financieros y balances anuales, así como los informes generales y especiales que se elaboren por parte del director; V. Aprobar el presupuesto anual de ingresos y de egresos; VI. Nombrar o ratificar al director; VII. Evaluar los planes y programas; VIII. Promover la obtención de fuentes alternas de financiamiento; IX. Invitar a sus sesiones a otros servidores públicos de los gobiernos federal, estatal y municipal, cuando los eventos o asuntos así lo requieran; y X. Las demás que se deriven de la presente ley y de los ordenamientos jurídicos correlativos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

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