Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 14 de la Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Huehuetoca

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 14 dice que el Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Huehuetoca tiene la obligación de dar capacitación a todas las personas que participan en el deporte. Esto significa que entrenadores, atletas y cualquier otro involucrado deben recibir cursos o enseñanzas para mejorar. La idea es que el deporte cumpla con lo que la sociedad espera de él hoy en día.

Texto oficial

Artículo 14.- De la capacitación. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 4 de abril de 2008. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE HUEHUETOCA 4 El deporte en la época actual, debe cumplir con las expectativas sociales, para lo cual es imperativo que exista la capacitación en todos los que formen parte del deporte.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.