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Artículo 22 de la Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Nicolás Romero

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La junta directiva, que es el grupo de personas que toman las decisiones importantes, elige al director. Pero solo pueden elegir a alguien que el presidente municipal les haya sugerido. O sea, el presidente municipal da una propuesta de quién debería ser el director, y la junta directiva lo nombra.

Texto oficial

Artículo 22.- El director será nombrado por la junta directiva a propuesta del presidente municipal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.