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Artículo 24 de la Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de San Felipe del Progreso

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo habla de cómo se arma el dinero y los bienes del Instituto Municipal de Deporte de San Felipe del Progreso. Primero, el municipio le da cada año el 2% de todo su presupuesto de gastos. También recibe propiedades, como terrenos o edificios, que le asigne el Ayuntamiento. Puede recibir dinero o cosas del gobierno federal, estatal o municipal, además de donaciones o ingresos por eventos públicos o privados. Por último, se queda con lo que gane dando sus propios servicios, como rentar espacios o cobrar por actividades.

Texto oficial

Artículo 24.- El patrimonio del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de San Felipe del Progreso, se integra con: I. La asignación anual del 2% del total del presupuesto de egresos del Municipio. II. Los bienes muebles e inmuebles que el Ayuntamiento le asigne como organismo público descentralizado. III. Los apoyos financieros, subsidios, valores, bienes y servicios que provengan del gobierno federal, estatal y municipal. IV. Los productos, concesiones, aprovechamientos, donativos, cooperaciones y demás ingresos que adquiera por cualquier título, ya sea público, privado o social. V. Los ingresos y utilidades que obtenga por prestación de sus servicios. CAPÍTULO SEXTO GENERALIDADES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.