Artículo 20 de la Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Nextlalpan
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
La junta directiva debe reunirse al menos cada tres meses en juntas normales o programadas, y también puede juntarse más veces si se necesita tratar algún asunto urgente o especial. Eso quiere decir que las reuniones ordinarias son las regulares, y las extraordinarias son las que se hacen en cualquier otro momento.
Texto oficial
Artículo 20.- La junta directiva, sesionará por lo menos cada tres meses de forma ordinaria y de manera extraordinaria cuantas veces sea necesaria.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.