Artículo 2 de la Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Joquicingo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Joquicingo va a ser dirigido por personas que vengan del propio mundo del deporte del municipio. Es decir, quienes lo manejen deben ser gente que conozca bien a los deportistas y a la comunidad de Joquicingo, y que estén comprometidos con ellos. Así se busca que los encargados entiendan de verdad las necesidades de los atletas y la sociedad local.
Texto oficial
Artículo 2.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Joquicingo, será manejado, entre otros, por personas que surjan del movimiento deportivo municipal, que conozcan y estén comprometidos con todos los deportistas y la sociedad en general del municipio de Joquicingo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.