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Artículo 2 de la Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Joquicingo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Joquicingo va a ser dirigido por personas que vengan del propio mundo del deporte del municipio. Es decir, quienes lo manejen deben ser gente que conozca bien a los deportistas y a la comunidad de Joquicingo, y que estén comprometidos con ellos. Así se busca que los encargados entiendan de verdad las necesidades de los atletas y la sociedad local.

Texto oficial

Artículo 2.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Joquicingo, será manejado, entre otros, por personas que surjan del movimiento deportivo municipal, que conozcan y estén comprometidos con todos los deportistas y la sociedad en general del municipio de Joquicingo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.