Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley155/1
Ley
Ley que crea el Banco de Tejidos del Estado de México
Artículo
1

Artículo 1 de la Ley que crea el Banco de Tejidos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Se crea el Banco de Tejidos del Estado de México, que es una institución del gobierno con su propio dinero y derechos legales, pero depende de la Secretaría de Salud. Esta institución va a funcionar siguiendo las reglas de esta ley, su reglamento interno y la Ley General de Salud.

Texto oficial

Artículo 1.- Se crea el Banco de Tejidos del Estado de México, como un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, sectorizado a la Secretaría de Salud, el cual se regirá por lo dispuesto en esta Ley, su Reglamento Interior y la Ley General de Salud, de conformidad con la competencia y las atribuciones legales correspondientes.

Ver texto oficial de la Ley que crea el Banco de Tejidos del Estado de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.