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Artículo 20 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Nopaltepec, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Municipal (el grupo de personas que toman decisiones importantes en tu municipio) debe reunirse al menos cada tres meses de manera normal, como parte de su rutina. Si surge un asunto urgente o importante fuera de ese tiempo, pueden juntarse en cualquier momento para resolverlo. Es decir, las reuniones ordinarias son obligatorias cada tres meses, pero las extraordinarias se hacen solo cuando se necesitan.

Texto oficial

Artículo 20.- El Consejo Municipal, sesionará por lo menos cada tres meses de forma ordinaria y de manera extraordinaria cuantas veces sea necesario.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.