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Ley
Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tultitlán, México
Artículo
14

Artículo 14 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tultitlán, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La capacitación es obligatoria para todas las personas que participan en el deporte, como atletas, entrenadores o directivos. Esto significa que deben recibir enseñanza y actualización constante para cumplir con lo que la sociedad espera del deporte hoy en día. En otras palabras, no basta con tener talento o ganas; se necesita prepararse formalmente para hacer bien el trabajo. La ley busca que el deporte sea profesional y de calidad para todos.

Texto oficial

Artículo 14.- De la capacitación. En deporte en la época actual debe cumplir con las expectativas sociales para lo cual es imperativo que exista la capacitación en todos los que formen parte del deporte.

Ver texto oficial de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tultitlán, México (pág. 4) ↗

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