- Ley
- Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tultitlán, México
- Artículo
- 14
Artículo 14 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tultitlán, México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La capacitación es obligatoria para todas las personas que participan en el deporte, como atletas, entrenadores o directivos. Esto significa que deben recibir enseñanza y actualización constante para cumplir con lo que la sociedad espera del deporte hoy en día. En otras palabras, no basta con tener talento o ganas; se necesita prepararse formalmente para hacer bien el trabajo. La ley busca que el deporte sea profesional y de calidad para todos.
Texto oficial
Artículo 14.- De la capacitación. En deporte en la época actual debe cumplir con las expectativas sociales para lo cual es imperativo que exista la capacitación en todos los que formen parte del deporte.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.