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Artículo 22 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de El Oro, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El director lo elige el Consejo Municipal, pero primero el Presidente Municipal tiene que proponer a la persona que él quiere para el puesto. O sea, el Presidente sugiere a alguien y el Consejo decide si lo acepta o no. No puede llegar cualquier persona a pedir el puesto, solo la que el Presidente proponga.

Texto oficial

Artículo 22.- El director será nombrado por El Consejo Municipal a propuesta del Presidente Municipal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.