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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley244/109
Ley
Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios
Artículo
109

Artículo 109 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Puedes pedir que una empresa o institución te muestre, corrija, borre o deje de usar tus datos personales (esto se llama derechos ARCO) de tres maneras: primero, escribiendo a mano o en un formato, y entregándolo tú o alguien autorizado en persona, por correo normal o por mensajería; segundo, diciéndolo de palabra en la oficina de transparencia, donde ellos mismos llenarán el formato; o tercero, usando un sistema en línea que haya sido aprobado por el Instituto de Transparencia. Quien recibe tu solicitud (el responsable) está obligado a atenderla y darte un comprobante de que la recibió, además de usar medios fáciles para ti, como formularios o sistemas simples, que se adapten a cómo te comunicas normalmente con ellos.

Texto oficial

Artículo 109. La presentación de las solicitudes de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales se podrá realizar en cualquiera de las modalidades siguientes: I. Por escrito libre presentado personalmente por el titular o su representante legal en la Unidad de Transparencia, o bien, en los formatos establecidos para tal efecto, o bien a través de correo ordinario, correo certificado o servicio de mensajería. II. Verbalmente por el titular o su representante legal en la Unidad de Transparencia, la cual deberá ser capturada por el responsable en el formato respectivo. III. Por el sistema electrónico que el Instituto o la normatividad aplicable establezca para tal efecto. El responsable deberá dar trámite a toda solicitud para el ejercicio de los derechos ARCO y entregar el acuse de recibo que corresponda. El Instituto podrá establecer mecanismos adicionales, tales como formularios, sistemas y otros métodos simplificados para facilitar a los titulares el ejercicio de los derechos ARCO. Los medios y procedimientos habilitados por el responsable para atender las solicitudes para el ejercicio de los derechos ARCO deberán ser de fácil acceso y con la mayor cobertura posible considerando el perfil de los titulares y la forma en que mantienen contacto cotidiano o común con el responsable. Requisitos de Solicitudes para el Ejercicio de los Derechos ARCO

Ver texto oficial de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios (pág. 46) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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