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Artículo 74 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto (que es la autoridad encargada de proteger tus datos personales) puede darte sugerencias sobre el estudio que hiciste para evaluar los riesgos de usar datos personales, pero esas sugerencias no te obligan a seguirlas. Tiene hasta 30 días después de que entregues ese estudio para darte sus recomendaciones. Si no tienes que hacer ese estudio porque aplica alguna excepción, entonces el Instituto tampoco tiene que darte sugerencias. En pocas palabras: si presentas un análisis de privacidad, el Instituto puede opinar sin obligarte, y si no lo necesitas, todo queda más simple.

Texto oficial

Artículo 74. El Instituto deberá emitir, de ser el caso, recomendaciones no vinculantes sobre la Evaluación de Impacto en la Protección de Datos Personales presentado por el responsable. El plazo para la emisión de las recomendaciones a que se refiere el párrafo anterior será dentro de los treinta días siguientes contados a partir del día siguiente a la presentación de la evaluación. Excepción a la Evaluación de Impacto a en la Protección de Datos Personales

Ver ley oficial en el DOF (pág. 32) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.