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Artículo 5 de la Ley del Centro de Conciliación Laboral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Centro de Conciliación puede contratar a los trabajadores que necesite para hacer su trabajo, y las reglas sobre qué requisitos deben cumplir y qué funciones tendrán están escritas en su Reglamento Interno y otras leyes. Las relaciones laborales entre el Centro y sus empleados se manejan con la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de México. Todos los trabajadores del Centro están obligados a tener seguro social según la Ley de Seguridad Social del Estado de México. Se considera personal de confianza a los jefes, supervisores, enlaces y personal de apoyo técnico, igual que a los que menciona el artículo 8 de esa misma ley laboral.

Texto oficial

Artículo 5. El Centro de Conciliación contará con las personas servidoras públicas que requiera para el cumplimiento de su objeto, cuyos requisitos y atribuciones estarán contenidos en el Reglamento Interior y en otras disposiciones jurídicas aplicables. Las relaciones de trabajo entre el Centro de Conciliación y su personal se regirán por la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios. Las personas servidoras públicas del Centro de Conciliación quedarán sujetas al régimen de seguridad social que establece la Ley de Seguridad Social del Estado de México y Municipios. Se considerarán trabajadores de confianza todas las personas servidoras públicas de mandos superiores, mandos medios, de enlace y apoyo técnico, y los demás que se encuentren en los supuestos previstos por el artículo 8 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 16 de diciembre de 2019. Última reforma POGG: 05 de abril de 2024. LEY DEL CENTRO DE CONCILIACIÓN LABORAL DEL ESTADO DE MÉXICO 2

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.