Artículo 10 de la Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado de Carácter Estatal Denominado Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 10 dice que el Consejo Interno del Hospital de Zumpango tiene varias facultades, que son como sus permisos o responsabilidades. Por ejemplo, puede poner las reglas generales del hospital y decidir qué es más importante hacer primero. También puede aprobar o cambiar los planes de estudio y de trabajo, y decidir si se crean nuevas áreas de investigación o servicios. Además, puede elegir o quitar a los jefes, aprobar el dinero que entra y sale, y fijar cuánto cobrar por los servicios o dar estímulos al personal. En resumen, el Consejo se encarga de tomar las decisiones grandes para que el hospital funcione bien.
Texto oficial
Artículo 10.- El Consejo Interno tendrá las siguientes facultades: I. Establecer, en congruencia con los programas sectoriales, especiales y regionales, las políticas generales y definir las prioridades a las que deberá sujetarse el Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango; II. Aprobar y evaluar los programas del Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango y sus modificaciones; III. Discutir y, en su caso, aprobar los proyectos académicos que se le presenten y los que surjan en su propio seno; IV. Analizar y, en su caso, aprobar y modificar los proyectos de los planes y programas de estudio, los que deberán someterse a la autorización de las instancias correspondientes; V. Aprobar la creación de nuevas áreas de investigación y servicios, previo estudio de necesidades y factibilidad para ello; VI. Examinar y, en su caso, aprobar los proyectos del presupuesto anual de ingresos y egresos, así como la asignación de recursos humanos, técnicos y materiales que apoyen el desarrollo del Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango; VII. Nombrar y remover, a propuesta del Director General, a los servidores públicos titulares de las unidades administrativas del Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango y concederles licencias, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables; VIII. Fijar las bases de los mínimos y máximos de las cuotas de recuperación y su actualización, por los servicios que preste el Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango; IX. Fijar un sistema de estímulos al desempeño para el personal que labora en el Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables; X. Aprobar, de acuerdo con la normatividad respectiva, las normas y bases para la cancelación de adeudos a favor del Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango a cargo de terceros, cuando su cobro no sea factible, informando lo conducente a la Secretaría de Finanzas; XI. Aprobar la estructura de organización y el presupuesto del Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango, así como sus modificaciones, y someterla a la autorización de la Secretaría de Finanzas, de conformidad con la normatividad aplicable; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 8 de agosto de 2007. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DE CARÁCTER ESTATAL DENOMINADO HOSPITAL REGIONAL DE ALTA ESPECIALIDAD DE ZUMPANGO 5 XII. Aprobar la distribución del presupuesto de ingresos autorizado al Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango; XIII. Discutir y en su caso aprobar, la cuenta anual de ingresos y egresos del Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango; XIV. Analizar y en su caso aprobar, el informe anual de actividades que rinda el Director General del Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango; XV. Revisar y, en su caso, aprobar, previo dictamen del auditor externo, el balance anual y los estados financieros del Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango; XVI. Fijar las reglas generales, políticas, bases y programas a las que deberá sujetarse el Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango en la celebración de convenios, contratos y acuerdos con los sectores público, privado y social para el cumplimiento de su objeto; XVII. Aceptar las herencias, donaciones, legados y demás bienes que se otorguen a favor del Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango; XVIII. Autorizar la creación y extinción de comités o grupos de trabajo internos del Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango; XIX. Promover la integración del patronato del Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango; XX. Vigilar la administración de las cuotas de recuperación y la aplicación de los recursos asignados al Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango; XXI. Establecer el sistema de profesionalización del personal del Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango, con criterios orientados a la estabilidad y desarrollo del personal en la especialidad de que se trate, para lo cual se considerarán los recursos previstos en el presupuesto; XXII. Determinar las reglas y los porcentajes conforme a los cuales el personal que participe en los proyectos de investigación podrá beneficiarse de los recursos generados por el proyecto, así como un período determinado, en las regalías que resulten de aplicar o explotar derechos de propiedad industrial o intelectual, que deriven de proyectos realizados en el Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango; XXIII. Proponer al Ejecutivo del Estado se realicen los trámites necesarios ante las autoridades federales competentes, para obtener incentivos fiscales y otros mecanismos de fomento para que los sectores social y privado realicen inversiones crecientes aplicadas a la investigación. XXIV. Aprobar los reglamentos interiores, manuales administrativos y demás ordenamientos que regulen la organización y el funcionamiento del Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango; XXV. Las demás que le confieren otras disposiciones legales.
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