Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley289/6
Ley
Ley de Ingresos del Estado de México para el ejercicio fiscal 2026
Artículo
6

Artículo 6 de la Ley de Ingresos del Estado de México para el ejercicio fiscal 2026

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si pagas un impuesto o deuda fiscal después de la fecha límite, te van a cobrar un extra llamado recargo. Ese recargo es del 1.85 por ciento cada mes sobre la cantidad total que debes, y se aplica por cada mes que pase sin que hagas el pago. Mientras más tardes en pagar, más se acumulan los recargos mes con mes.

Texto oficial

Artículo 6.- El pago extemporáneo de créditos fiscales, dará lugar al cobro de recargos a la tasa del 1.85 por ciento mensual sobre el monto total de los mismos, por cada mes que transcurra sin hacerse el pago.

Ver texto oficial de la Ley de Ingresos del Estado de México para el ejercicio fiscal 2026 (pág. 10) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.