Artículo 16 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Cocotitlán
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 16 dice que el deporte recreativo, ese que haces por gusto sin ser profesional, puede manejarse por tu cuenta en cuanto a cómo organizarlo, juntar lana para costearlo y mejorarlo. Todo esto tiene que traerte un beneficio personal, pero sin olvidar que también debe ayudar a tu comunidad o a la sociedad en general. En pocas palabras, puedes hacer deporte para divertirte y sentirte bien, siempre y cuando no te valga madre el resto de la banda.
Texto oficial
Artículo 16.- Del deporte recreativo. También para su propia organización, su financiamiento, su desarrollo y todo aquello que conlleva un beneficio individual sin perder de vista el bien social. CAPITULO CUARTO DE SU ORGANIZACION INTERNA
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.