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Artículo 20 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Cocotitlán

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La junta directiva debe reunirse de manera normal al menos cada tres meses, y también puede juntarse de forma urgente cuando sea necesario. En las juntas normales se tratan los asuntos que ya están planeados, mientras que las extraordinarias se usan para temas que no pueden esperar. Esto aplica a cualquier organización que tenga este tipo de directiva.

Texto oficial

Artículo 20.- La junta directiva, sesionará por lo menos cada tres meses de forma ordinaria y de manera extraordinaria cuantas veces sea necesaria.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.