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Artículo 24 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tepetlixpa

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tepetlixpa obtiene su dinero y sus bienes de varias fuentes. Primero, recibe el 2% del dinero total que el Ayuntamiento gasta en su presupuesto anual. También puede recibir cosas como muebles, edificios o terrenos que el municipio le asigne. Además, puede obtener apoyos económicos del gobierno federal, estatal o municipal, y aceptar donativos, cooperaciones o ganancias de cualquier fuente, ya sea pública o privada. Por último, el Instituto se queda con el dinero que gane al ofrecer sus servicios.

Texto oficial

Artículo 24.- El patrimonio del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tepetlixpa, se integra con: I. La asignación del 2% del total del presupuesto de egresos del H. Ayuntamiento. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 1 de agosto de 2006. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FISICA Y DEPORTE DE TEPETLIXPA 6 II. Los bienes muebles e inmuebles que el H. Ayuntamiento le asigne como organismo público descentralizado. III. Los apoyos financieros, subsidios, valores, bienes y servicios que provengan del gobierno federal, estatal y municipal. IV. Los productos, concesiones, aprovechamientos, donativos, cooperaciones y demás ingresos que adquiera por cualquier título, ya sea público, privado o social. V. Los ingresos y utilidades que obtenga por prestación de sus servicios. CAPITULO SEXTO GENERALIDADES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

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