Artículo 16 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Aculco
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla del deporte recreativo, o sea, ese que haces por gusto, no como profesional. Te dice que tú, como persona o grupo, puedes organizarlo, pagarlo y desarrollarlo como quieras, siempre y cuando te beneficie a ti sin olvidar que también debe ser bueno para la comunidad. En pocas palabras, puedes divertirte con el deporte, pero sin hacerle daño a los demás.
Texto oficial
Artículo 16.- Del deporte recreativo. También para su propia organización, su financiamiento, su desarrollo y todo aquello que conlleva un beneficio individual sin perder de vista el bien social. CAPITULO CUARTO DE SU ORGANIZACION INTERNA
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.