Artículo 16 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Amanalco
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla del deporte recreativo, ese que practicas por gusto sin ser profesional. Dice que tú y tu grupo pueden organizarlo como quieran, conseguir su propio dinero para pagarlo y hacerlo crecer, siempre y cuando te beneficie a ti como persona. Pero ojo: sin olvidar que también debe ser bueno para los demás, para tu comunidad o para la sociedad en general. En resumen, puedes divertirte y mejorar tú mismo, pero sin perjudicar a nadie más.
Texto oficial
Artículo 16.- Del deporte recreativo. También para su propia organización, su financiamiento, su desarrollo y todo aquello que conlleva un beneficio individual sin perder de vista el bien social. CAPITULO CUARTO DE SU ORGANIZACION INTERNA
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.