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Artículo 5 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Amanalco

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Amanalco tiene la facultad de abrir escuelas gratuitas de deportes en todos los pueblos, comunidades y colonias del municipio. También puede crear un sistema de becas (de dinero, para estudiar o para comida) para los deportistas más destacados del lugar. Además, organizará torneos estudiantiles permanentes desde preescolar hasta preparatoria y formará clubes deportivos abiertos a todos. El Instituto también debe apoyar los eventos deportivos, dar asesoría a entrenadores y llevar un registro de todos los deportistas, instalaciones y personal relacionado con el deporte.

Texto oficial

Artículo 5.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Amanalco, tendrá las siguientes facultades: I. Crear escuelas populares de iniciación deportiva en pueblos, comunidades, barrios y colonias del municipio de Amanalco; II. Crear el sistema municipal de becas académicas, económicas y alimenticias para deportistas distinguidos del municipio; III. Crear torneos estudiantiles permanentes en los niveles: preescolar, primaria, secundaria y media superior; IV. Organizar clubes deportivos populares permanentes; V. Involucrar a los sectores públicos, social y privado en el deporte municipal; VI. Presentar públicamente los programas deportivos municipales, sus objetivos, metas, estrategias y resultados; VII. Otorgar dirección técnica de calidad a representaciones municipales; VIII. Otorgar asesorías al deporte formativo y de recreación; IX. Promover el uso de instalaciones deportivas públicas y privadas; X. Promover y desarrollar instalaciones públicas y privadas; XI. Desarrollar corrientes sociales y deportivas del merito; XII. Crear el registro municipal de instalaciones deportivas; XIII. Crear el registro municipal de deportistas, deportes, clubes, ligas y torneos deportivos; XIV. Crear el registro municipal de jueces, árbitros, entrenadores, profesores de educación física, médicos del deporte, psicólogos del deporte y escuelas del deporte; XV. Brindar apoyo logístico a los eventos deportivos que se desarrollan en el municipio; y Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 1 de agosto de 2006. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE AMANALCO 3 XVI. Las demás que las leyes de la materia le señalen. CAPITULO TERCERO DE SUS PROGRAMAS BASICOS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.