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Artículo 23 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Apaxco

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El director del Instituto de Deporte de Apaxco tiene varias obligaciones. Debe representar legalmente al instituto, cumplir las decisiones de la junta directiva y asegurarse de que se cumplan los objetivos y programas. También puede hacer contratos y acuerdos con otras personas o instituciones para lograr los planes del instituto. Tiene que presentar a la junta el plan de trabajo del año y el presupuesto de lo que se va a gastar y recibir. Además, puede comprar lo necesario para el instituto, pero solo con permiso del consejo y siguiendo las reglas, y hacer todo lo necesario para que los programas y objetivos se cumplan.

Texto oficial

Artículo 23.- Son facultades y obligaciones del director, las siguientes: I. Representar al Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Apaxco; II. Dar cumplimiento a los acuerdos de la junta directiva; III. Vigilar el cumplimiento de los objetivos y programas del instituto; IV. Celebrar acuerdos, convenios y contratos de coordinación para el cumplimiento de los planes y proyectos del instituto; V. Presentar ante la junta directiva el proyecto del programa operativo del instituto; VI. Presentar ante la junta directiva el proyecto anual del presupuesto de ingresos y de egresos; VII. Adquirir conforme a las normas los bienes necesarios y previa autorización del consejo, para el mejor cumplimiento de sus objetivos; VIII. Prever lo necesario para el debido cumplimiento de los programas y el logro de los objetivos; y IX. Las que le confieren la presente ley, el reglamento interno y la junta directiva CAPITULO QUINTO DE SU PATRIMONIO

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.