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Ley
Ley que crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Capulhuac
Artículo
14

Artículo 14 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Capulhuac

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que el Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Capulhuac debe dar capacitación a todas las personas que participen en el deporte, como entrenadores, atletas o personal del instituto. Esto es porque hoy en día el deporte debe responder a lo que la sociedad necesita. En pocas palabras, el instituto tiene la obligación de enseñar y actualizar a todos los involucrados para que el deporte cumpla su función social.

Texto oficial

Artículo 14.- De la capacitación. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 1 de agosto de 2006. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE CAPULHUAC 4 El deporte en la época actual, debe cumplir con las expectativas sociales, para lo cual es imperativo que exista la capacitación en todos los que formen parte del deporte.

Ver texto oficial de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Capulhuac (pág. 3) ↗

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