Artículo 16 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Capulhuac
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 16 habla del deporte recreativo, que es el que haces por diversión, sin buscar competir a nivel profesional. Significa que tú y tu equipo pueden organizarlo, pagarlo y desarrollarlo como quieran, siempre y cuando les traiga un beneficio personal, pero sin olvidar que también debe ser bueno para la comunidad. En pocas palabras, puedes disfrutar tu deporte, pero sin chingarle a los demás.
Texto oficial
Artículo 16.- Del deporte recreativo. También para su propia organización, su financiamiento, su desarrollo y todo aquello que conlleva un beneficio individual sin perder de vista el bien social. CAPITULO CUARTO DE SU ORGANIZACION INTERNA
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.